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Seguro Vida Grupo

Este producto busca cubrir las necesidades de protección y seguridad para garantizan la tranquilidad de sus seres queridos ajustándose a sus necesidades.

El Producto Grupo Vida, es un seguro de vida que le ofrece la tranquilidad de tener un respaldo para su grupo familiar a través de una póliza Colectiva que le brinda múltiples opciones de cobertura y le da toda la flexibilidad para ajustarlo a sus necesidades de protección.

Este seguro tiene por objeto resarcir los perjuicios económicos que se causen como consecuencia de la muerte, incapacidad total y permanente o la enfermedad de algún miembro del grupo familiar asegurado.

Está dirigido a los funcionarios del sector empresarial, con extensión de cobertura al cónyuge, los hijos y sus padres.

Amparos
•    Amparo básico: Cubre el riesgo de muerte por cualquier causa. Ampara homicidio y suicidio desde el inicio de vigencia de la póliza.
•    Incapacidad Total y Permanente: Cubre las lesiones orgánicas o alteraciones funcionales incurables que de por vida impidan al asegurado desempeñar todas las ocupaciones o empleos remunerados para los cuales se encuentra razonablemente habilitado para desempeñar en razón de su capacitación, entrenamiento o experiencia del asegurado, siempre que la incapacidad se origine y manifieste durante la vigencia de este amparo y haya persistido por un periodo continuo no menor de 150 días.
•    Doble Indemnización por Muerte Accidental: Cubre la muerte a consecuencia de un accidente amparado y ocurrido durante la vigencia de la póliza siempre y cuando, se produzca dentro de los 90 días calendario siguientes al accidente. Ampara homicidio, peleas y riñas, practica de deportes de alto riesgo en calidad de aficionado, y terrorismo.
•    Enfermedades Graves: Cubre el padecimiento por parte del asegurado de cualquiera de las siguientes enfermedades consideradas como graves, siempre y cuando le sea diagnosticada habiendo transcurrido por lo menos 120 días desde la iniciación de la vigencia de la póliza para cada asegurado en particular:

1.    Infarto de miocardio
2.    Cáncer
3.    Accidente cerebro-vascular
4.    Insuficiencia renal crónica
5.    Esclerosis múltiple
6.    Intervención quirúrgica como consecuencia de afectación de las arterias coronarias que requiera cirugía de revascularización cardiaca (by-pass)
7.    Transplante de los siguientes órganos vitales: corazón, pulmones, hígado, páncreas, médula espinal o riñones.

Opera como anticipo del amparo básico, hasta el 50% de la suma asegurada en este amparo:
•    Auxilio Funerario: Cubre los gastos funerarios que se ocasionen por el fallecimiento del asegurado cualquiera sea su causa. Incluye homicidio y suicidio.
•    Renta Mensual para Gastos de Hogar: En caso de fallecimiento del funcionario (asegurado principal) por cualquier causa, se reconocerá una renta mensual para gastos de hogar, educación, alimentación, etc., durante doce (12) meses.
•    Renta Diaria por Hospitalización y/o Unidad de Cuidado Intensivo: Mediante este amparo se reconoce una renta diaria en caso de hospitalización del asegurado por cualquier causa, por el término que dure hospitalizado y/o en unidad de cuidado intensivo, hasta máximo por treinta (30) días calendario, continuos o discontinuos.

En el caso de cuidado intensivo la renta diaria corresponde al doble de la renta por hospitalización y se pagará máximo por quince (15) días calendario.

Deducible: Dos (2) primeros días de hospitalización.

Personas Asegurables
Son asegurables: El funcionario, su cónyuge y padres menores de 70 años y los hijos del funcionario menores de 30 años.

Beneficiarios del Seguro
Los beneficiarios serán designados a título gratuito, en caso de no haber designación los de Ley.
 
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